Artículo 153. Formación de la Inspección.
Artículo 153 de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears. · BOE-A-2022-9385
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-18.
Texto consolidado
1. La formación permanente, el perfeccionamiento y la actualización profesional son un derecho y un deber de todos los inspectores.
2. La consejería organizará actividades de formación específicas y facilitará la asistencia de los inspectores a las sesiones de formación, experimentación y perfeccionamiento en iguales condiciones que el resto del personal al servicio de las administraciones públicas, incluidos los programas internacionales o de intercambio de experiencias y buenas prácticas con otras administraciones y comunidades autónomas.