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Real Decreto Vigente

Artículo 152. Documentación requerida.

Artículo 152 del Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos. · BOE-A-2017-2313

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-05.

Texto consolidado

1. El transporte de explosivos y el desplazamiento de MEMUs entre dos puntos del territorio nacional exigirá, además de lo requerido por los reglamentos de transporte, la siguiente documentación:

a) Guía de circulación, autorizada por la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil que corresponda al punto de origen de la expedición.

b) Carta de porte o documento equivalente.

c) Pedido de suministro autorizado conforme a lo dispuesto en el artículo 120, salvo que el transporte se realice entre fábricas y depósitos de productos terminados o entre éstos entre sí.

2. Se extenderán tantas Guías de Circulación como pedidos diferentes comprenda una expedición.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-03-05.

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