Artículo 150. Plazo para el ejercicio de la opción o derecho a compra.
Artículo 150 del Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030. · BOE-A-2026-8872
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-24.
Texto consolidado
La ayuda a la vendedora se concederá para que el ejercicio de la opción o derecho se realice en un plazo máximo de cuatro años a contar desde la fecha de la firma del correspondiente contrato.