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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 15. Régimen Patrimonial.

Artículo 15 del Real Decreto 903/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo «Programas Educativos Europeos». · BOE-A-2007-13179

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-09-26.

Texto consolidado

El Organismo contará, para el cumplimiento de sus fines, además de con su patrimonio propio, con aquellos bienes que le sean adscritos por la Administración General del Estado, los bienes y derechos que adquiera en el curso de su gestión, o que le sean aportados por cualquier persona, pública o privada, y por cualquier título, que se incluirán en el inventario de bienes y derechos del organismo y se gestionará de conformidad con lo dispuesto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Su anterior numeración era art. 16.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-09-26.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-10305.

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