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Real Decreto Vigente

Artículo 15. Módulo de formación práctica.

Artículo 15 del Real Decreto 706/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso. · BOE-A-2011-10781

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-22.

Texto consolidado

Para iniciar los módulos de formación práctica de los ciclos inicial y final de grado medio en judo y defensa personal, será necesario haber superado con anterioridad los módulos comunes y específicos de enseñanza deportiva que se establecen en el anexo V.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-06-22.

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