Artículo 15. Competencia.
Artículo 15 del Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil. · BOE-A-2019-11398
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-08-04.
Texto consolidado
El Jefe del Mando de Personal y Formación de la Guardia Civil es la autoridad competente para disponer la publicación de las vacantes.