Artículo 15. Académicos y Académicas de Honor.
Artículo 15 del Real Decreto 397/2013, de 7 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ingeniería. · BOE-A-2013-7537
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-11.
Texto consolidado
Los Académicos y Académicas de Honor serán elegidos y nombrados entre personalidades de excepcional prestigio y relevancia que se hayan significado por sus contribuciones científicas y técnicas o por los servicios desempeñados en campos relevantes para la Ingeniería.