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Real Decreto Vigente

Artículo 15.

Artículo 15 del Real Decreto 334/1985, de 6 de marzo, de ordenación de la Educación Especial. · BOE-A-1985-4305

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-03-17.

Texto consolidado

1.º Los apoyos a que se refieren los artículos anteriores serán desarrollados por profesionales especializados en las distintas disciplinas, integrados en equipos, cuya organización y funcionamiento se determinará reglamentariamente por la administración educativa. La composición de estos equipos será flexible y sus miembros, sin perjuicio de su dependencia orgánico-administrativa, actuarán de forma conjunta y coordinada.

No obstante lo anterior, los profesionales que ejerzan su función en los Centros específicos, dedicando exclusivamente su actividad a los alumnos escolarizados en esos Centros, no formarán parte de estos equipos, aunque sí actuarán coordinadamente con ellos.

2.º En cualquier caso, las tareas de valoración y orientación educativa, a que se refiere el artículo 12, serán desarrolladas básicamente y de forma sectorizada por pedagogos, psicólogos, médicos y asistentes sociales, así como por otros profesionales, cuando se considere conveniente y serán realizadas en coordinación con las de todos aquellos servicios comunitarios que tuvieren encomendadas tareas similares o paralelas.

3.º Las tareas de refuerzo pedagógico a que se refiere el artículo 13 serán desarrolladas por Maestros en posesión de las titulaciones reconocidas por el Ministerio de Educación y Ciencia en el campo de la Educación Especial, quienes, cuando actúen como profesores de apoyo a la integración, constituirán el nexo de unión entre los profesionales que realicen las tareas de valoración y orientación y el Centro en que el niño a que atiendan se halle escolarizado.

4.º Los tratamientos y atenciones personalizadas serán prestadas por personal cualificado en posesión de la titulación que en cada caso corresponda a su cometido.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-03-17.

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