Artículo 15. Facultades generales.
Artículo 15 del Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado. · BOE-A-1999-1365
Atención: Real Decreto 2823/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Con las particularidades establecidas en este Estatuto, los procedimientos de enajenación y permuta y los órganos autorizados para acordarlos en función del procedimiento y la cuantía serán los establecidos en los artículos 61, 62, 63 y 71 de la Ley del Patrimonio del Estado, correspondiendo al Ministro del Interior las facultades que dichos artículos atribuyen al Ministro de Economía y Hacienda.