Artículo 14. Competencias de la Secretaría General.
Artículo 14 del Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado. · BOE-A-1999-1365
Atención: Real Decreto 2823/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. A la Secretaría General le corresponde:
a) Administrar el personal y el régimen interior de la GISE.
b) Realizar la gestión económico-administrativa y financiera.
c) Gestionar la adquisición de bienes muebles con arreglo a la Ley 13/1995.
d) Elaborar el anteproyecto de presupuestos.
e) Tramitar los expedientes que tengan relación con adquisiciones, enajenaciones y permutas de inmuebles.
f) Elaborar las cuentas anuales de la GISE.
g) Desarrollar actuaciones y gestiones en materia patrimonial y urbanística referentes a los inmuebles encomendados a la GISE.
h) Contribuir con sus informes y actuaciones a la elaboración y realización de los planes de infraestructura de la seguridad del Estado.
i) Realizar la identificación física y jurídica actualizada de los bienes inmuebles y gestionar la tasación de los mismos por los organismos especializados.
j) Elaborar los pliegos de condiciones para las adquisiciones, enajenaciones y demás operaciones referentes a inmuebles.
k) Formular propuestas de actuación de la GISE.
l) Elaborar y mantener actualizado el inventario de bienes y derechos de la GISE.
2. Las funciones descritas en los párrafos a), b), c), d), e) y f) corresponderán al Área de Régimen Interior y las aludidas en los párrafos g), h), i), j), k) y l) serán desempeñadas por el Área de Gestión.