El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Artículo 15. Financiación de la ayuda.

Artículo 15 del Real Decreto 236/2018, de 27 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento de la creación de organizaciones de productores y asociaciones de organizaciones de productores de carácter supraautonómico en el sector agrario. · BOE-A-2018-6180

Atención: Real Decreto 236/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La financiación comunitaria de la ayuda contemplada en el presente real decreto se realizará, de conformidad con el Reglamento (UE) n. º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo del 17 de diciembre de 2013. El porcentaje de financiación FEADER del total de gasto subvencionable será del 80 %, financiando la Administración General del Estado el 20 % restante.

2. La financiación y el pago de la ayuda nacional se efectuará con cargo al presupuesto del FEGA que se fijará en la convocatoria, no pudiendo superar el límite que en la misma se establezca y siempre supeditado a las disponibilidades presupuestarias existentes. El porcentaje de financiación nacional del total de gasto subvencionable será del 20 %.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-05-10.

Más artículos de Real Decreto 236/2018

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 236/2018 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.