Artículo 14. Obligaciones de los beneficiarios.
Artículo 14 del Real Decreto 236/2018, de 27 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento de la creación de organizaciones de productores y asociaciones de organizaciones de productores de carácter supraautonómico en el sector agrario. · BOE-A-2018-6180
Atención: Real Decreto 236/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los beneficiarios estarán sujetos al cumplimiento de las obligaciones contempladas en el artículo 14.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como a registrar la subvención que perciban en los libros contables que correspondan.
2. Durante la ejecución del plan empresarial, el beneficiario informará al público de la ayuda obtenida del FEADER conforme a lo establecido respecto a los requisitos de información y publicidad en el artículo 13.2 del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 808/2014, de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
3. Los beneficiarios deberán llevar una contabilidad analítica que permita la identificación de los ingresos y gastos relativos a la realización de las actividades, manteniendo dicha información a disposición de las autoridades nacionales competentes y de la Comisión Europea para posibles comprobaciones.
4. Los beneficiarios deben tener legalizados los libros de contabilidad según lo establecido en la normativa nacional y autonómica de aplicación.
5. Los beneficiarios se comprometerán a proporcionar, a las unidades responsables de la gestión, a los evaluadores designados o a otros organismos en los que la autoridad de gestión haya delegado la realización de tareas y ejecución de esta medida, así como a la autoridad de gestión del programa, toda la información necesaria para poder realizar el seguimiento y la evaluación del mismo, en cumplimiento de las obligaciones recogidas en el artículo 7.2.m) de este real decreto.
Más artículos de Real Decreto 236/2018
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- Ver la norma completa: Real Decreto 236/2018, de 27 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento de la creación de organizaciones de productores y asociaciones de organizaciones de productores de carácter supraautonómico en el sector agrario.