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Real Decreto Derogada

Artículo 15.

Artículo 15 del Real Decreto 1430/1992, de 27 de noviembre, por el que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios y de identidad de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros. · BOE-A-1993-1177

Atención: Real Decreto 1430/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En régimen de reciprocidad, se podrá aplicar, sin perjuicio de los controles para asegurar el respeto de los requisitos de bienestar durante el transporte, una frecuencia reducida de controles de identidad y de controles físicos en determinadas condiciones. Dichas excepciones se conceden, en su caso, por la Comisión, en función del resultado de los controles anteriores a la adopción de la Directiva 91/496/CEE, que se transpone por el presente Real Decreto, y de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Las garantías que ofrezca dicho país tercero en cuanto al cumplimiento de los requisitos comunitarios, en particular, los criterios relativos a las condiciones de policía sanitaria en las importaciones de animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina, procedentes de países terceros y los relativos a las condiciones de policía sanitaria que regulan las importaciones de équidos, procedentes de terceros países.

b) La situación sanitaria de los animales en el país tercero.

c) La información sobre la situación sanitaria del país tercero.

d) La naturaleza de las medidas de control y de lucha contra las enfermedades aplicadas por el país tercero.

e) Las estructuras y competencias del servicio veterinario.

f) La normativa sobre la autorización de determinadas sustancias y el respeto de los requisitos, relativos a la investigación de residuos en los animales y en las carnes frescas.

g) El resultado de las visitas de inspección comunitaria.

h) Los resultados de los controles realizados en el momento de la importación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-01-17.

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