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Real Decreto Vigente

Artículo 15. Objeto y ámbito de aplicación.

Artículo 15 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. · BOE-A-2003-23514

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-23.

Texto consolidado

1. Esta normativa tiene por objeto establecer una regulación de las marchas ciclistas organizadas, concebidas como un ejercicio físico con fines deportivos, turísticos o culturales.

2. Se entenderá por marchas ciclistas organizadas aquellas actividades de más de 50 ciclistas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-01-23.

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