Artículo 15. Composición.
Artículo 15 de la Ley 9/2002, de 6 de junio, de Creación del Consejo de Relaciones Laborales de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2002-14085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-24.
Texto consolidado
La Comisión Permanente, presidida por el Presidente del Consejo y asistida por el Secretario, estará integrada además por cinco miembros del Pleno: Dos por cada uno de los grupos a que se refieren los apartados b) y c) del artículo 4 y por el Vicepresidente del Consejo. En caso de ausencia del Presidente, será sustituido por el Vicepresidente, ocupando el puesto de éste el miembro suplente designado a tal efecto, según dispone el artículo 4.