Artículo 15. Confidencialidad en el ejercicio de las funciones.
Artículo 15 de la Ley 8/2012, de 23 de noviembre, por la que se regulan los organismos de certificación administrativa. · BOE-A-2012-14979
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-11-29.
Texto consolidado
Los OCA deberán garantizar la confidencialidad respecto de la información que obtengan en el desarrollo y ejecución de sus funciones. El incumplimiento de esta obligación será considerada como causa de revocación de la inscripción en el Registro previsto en esta norma.