El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 15. Derecho a la administración de la sedación paliativa.

Artículo 15 de la Ley 5/2018, de 22 de junio, sobre derechos y garantías de la dignidad de las personas en el proceso del final de la vida. · BOE-A-2018-10580

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-10-04.

Texto consolidado

Toda persona que se encuentre en situación grave e irreversible, terminal o de agonía, que padezca un sufrimiento refractario, sea fruto de una enfermedad progresiva o de un proceso súbito, tiene derecho a recibir sedación paliativa, cuando esté médicamente indicada, aunque ello implique un acortamiento de la vida, mediante la administración de fármacos en las dosis y combinaciones requeridas para reducir su consciencia, con el fin de aliviar adecuadamente su sufrimiento o síntomas refractarios al tratamiento específico, una vez otorgado el correspondiente consentimiento informado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-10-04.

Más artículos de Ley 5/2018

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2018 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.