Artículo 16. Derecho a la intimidad personal y familiar.
Artículo 16 de la Ley 5/2018, de 22 de junio, sobre derechos y garantías de la dignidad de las personas en el proceso del final de la vida. · BOE-A-2018-10580
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-10-04.
Texto consolidado
Las personas que se encuentren en el proceso del final de su vida tienen derecho a que se preserve su intimidad personal y familiar. A estos efectos, los centros e instituciones sanitarias y de servicios sociales en los que se presta asistencia sanitaria ofertarán a las personas que deban ser atendidas en régimen de hospitalización una habitación de uso individual durante su estancia.