Artículo 15. Informe de ejecución del Plan estadístico de Cataluña 2017-2020.
Artículo 15 de la Ley 5/2016, de 23 de diciembre, del Plan estadístico de Cataluña 2017-2020 y de modificación de la Ley 23/1998, de estadística de Cataluña. · BOE-A-2017-523
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-01.
Texto consolidado
1. El Gobierno debe presentar al Parlamento un informe de ejecución del Plan estadístico de Cataluña 2017-2020 en el plazo de seis meses desde la finalización de la vigencia del Plan.
2. El Instituto de Estadística de Cataluña es el responsable de elaborar el informe de ejecución al que se refiere el apartado 1.
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