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Ley Vigente

Artículo 15. Definición.

Artículo 15 de la Ley 5/2013, de 20 de junio, de calidad de los Servicios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2013-8015

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-04.

Texto consolidado

1. La evaluación de la calidad de los servicios públicos consiste en analizar de manera sistemática y continuada la prestación de los servicios en relación con las expectativas ciudadanas y la medición del grado de cumplimiento de compromisos previamente establecidos por la unidad prestadora.

2. En este proceso de evaluación de la calidad:

a) Se considerarán los niveles de prestación de los servicios en relación con las expectativas de los ciudadanos y la medición del grado de cumplimiento de los compromisos previamente establecidos.

b) Se recogerán las opiniones de los ciudadanos destinatarios o usuarios de los servicios.

c) Se establecerán, a partir de los datos obtenidos, programas de mejora.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-07-04.

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