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Ley Vigente

Artículo 15. Bibliotecas centrales municipales.

Artículo 15 de la Ley 5/2012, de 15 de junio, de bibliotecas de Galicia. · BOE-A-2012-9061

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-17.

Texto consolidado

1. Los municipios de más de 20.000 habitantes deberán prestar el servicio de biblioteca de forma descentralizada, a través de una biblioteca central municipal, de una biblioteca de proximidad o de los servicios bibliotecarios móviles.

2. Las bibliotecas centrales municipales coordinan las demás bibliotecas y los servicios bibliotecarios digitales y móviles del municipio conforme a lo que establezca el Mapa de bibliotecas públicas de Galicia, y les prestarán asesoramiento y apoyo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-07-17.

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