Artículo 15. Participación pública en los procedimientos de prevención ambiental.
Artículo 15 de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2010-11187
Atención: Ley 5/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las Administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura darán especial relevancia a los trámites de información pública en los procedimientos de prevención ambiental regulados en esta ley, garantizando el acceso a la información ambiental correspondiente, especialmente en los siguientes supuestos:
a) En los procedimientos de evaluación ambiental estratégica de planes y programas.
b) En los procedimientos ordinarios de evaluación de impacto ambiental de proyectos.
c) En los procedimientos de autorización ambiental integrada y autorización ambiental unificada.