Artículo 15. Medios para hacer efectivos los instrumentos de cooperación internacional al desarrollo.
Artículo 15 de la Ley 4/2007, de 4 de abril, de Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2007-9331
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-18.
Texto consolidado
Los medios para hacer efectivos los instrumentos de cooperación al desarrollo son los siguientes:
a) La disposición de fondos públicos para fomentar las acciones de cooperación al desarrollo.
b) La iniciativa de las administraciones públicas para realizar estudios de identificación previa, que pueden derivar en acciones de ejecución propia.
c) Las declaraciones institucionales, los protocolos, los convenios, el apoyo a iniciativas ciudadanas, y todos aquellos otros que sean necesarios para hacer efectivos los instrumentos de cooperación internacional al desarrollo.
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