Artículo 15. Lengua gallega y accesibilidad.
Artículo 15 de la Ley 3/2024, de 5 de diciembre, de cultura inclusiva y accesible de Galicia. · BOE-A-2025-590
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-31.
Texto consolidado
Las administraciones públicas velarán por que el aprendizaje, dinamización y uso de la lengua gallega a lo largo de toda la vida sean plenamente accesibles, reales, efectivos e igualitarios mediante todo tipo de recursos, con especial atención a los digitales, y dentro de la diversidad comunicativa y cultural, incluidas las diversas formas de representación y la comunicación aumentativa y alternativa.