Artículo 15. Sanciones.
Artículo 15 de la Ley 3/2020, de 11 de marzo, de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios. · BOE-A-2020-3955
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-14.
Texto consolidado
1. Por el incumplimiento de las obligaciones recogidas por el artículo 9, se imponen las sanciones establecidas por la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria, y por la Ley 18/2009, de 22 de octubre, de salud pública.
2. Por la comisión de infracciones recogidas por el artículo 14.3, se imponen las sanciones establecidas por el texto refundido de la Ley reguladora de los residuos, aprobado por el Decreto legislativo 1/2009, de 21 de julio.
3. Por la comisión de infracciones recogidas por el artículo 14.4.a, b y c, se imponen las sanciones establecidas por la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña.
4. Por la comisión de infracciones recogidas por el artículo 14.4.d y e, se imponen las sanciones establecidas por la Ley 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias.