Artículo 15. Provisión de puestos de trabajo.
Artículo 15 de la Ley 3/2009, de 27 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. · BOE-A-2010-739
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-24.
Texto consolidado
1. El Instituto elaborará, impulsará y resolverá las correspondientes convocatorias de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario, de conformidad con los principios generales y procedimientos de provisión establecidos en la normativa aplicable en materia de función pública.
2. Igualmente el Instituto impulsará y resolverá las correspondientes convocatorias de provisión de puestos de trabajo de personal laboral, de conformidad con los principios generales y procedimientos establecidos, además de por la legislación laboral y por las demás normas convencionalmente aplicables, por los preceptos de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, que así lo dispongan.