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Ley Vigente

Artículo 15. De la actuación de las administraciones locales.

Artículo 15 de la Ley 24/2018, de 5 de diciembre, de mediación de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-966

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-07.

Texto consolidado

1. Las entidades locales podrán llevar a cabo en materia de mediación las siguientes actuaciones:

a) Fomentar el uso de la mediación y su desarrollo de forma coordinada con la conselleria competente en materia de mediación. En este sentido podrán establecer, dentro de sus competencias y en coordinación con aquella, actividades y servicios de mediación, de acuerdo, en todo caso, con los principios esenciales establecidos en esta ley.

b) Promover el intercambio de conocimientos, experiencias y novedades en esta materia.

2. Las entidades locales comunicarán a la conselleria competente en materia de mediación los servicios o programas de mediación dependientes de ellas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-03-07.

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