Artículo 15. Deporte.
Artículo 15 de la Ley 14/2022, de 23 de diciembre, de Juventud de La Rioja. · BOE-A-2023-1606
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-28.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja fomentará el ejercicio del deporte, sea federado o no, entre las personas jóvenes y favorecerá la consolidación e innovación del conjunto de las infraestructuras deportivas, así como el apoyo a las manifestaciones deportivas de la juventud, con especial atención al deporte femenino y de las personas jóvenes con discapacidad.