Artículo 14. Tecnologías de la información y la comunicación.
Artículo 14 de la Ley 14/2022, de 23 de diciembre, de Juventud de La Rioja. · BOE-A-2023-1606
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-28.
Texto consolidado
En el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación, el Gobierno de La Rioja facilitará el acceso de la juventud a la sociedad de la información en condiciones de igualdad y conocimiento, e implementará la formación e información en ciberseguridad, con el fin de evitar los riesgos inherentes al uso incorrecto de las redes sociales, de páginas webs u otras estructuras o espacios de las tecnologías de la información y la comunicación de uso común entre la población joven.
El Gobierno de La Rioja garantizará la posibilidad de la conexión a Internet en el medio rural para combatir su despoblación.