Artículo 15. Uso educativo.
Artículo 15 de la Ley 14/2016, de 7 de noviembre, de Patrimonio Arbóreo Monumental de la Región de Murcia. · BOE-A-2016-11095
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-11-10.
Texto consolidado
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de las Consejerías con las competencias en educación y en medio ambiente, sin merma de la colaboración de otros departamentos, facilitará el apoyo y promoción del conocimiento de los árboles protegidos, y de la concienciación para su conservación, así como la inclusión del arbolado monumental en circuitos y currículos ecoeducativos. Además, la Consejería con competencia en cultura creará, conservará y velará el legado arbóreo mediante la creación de un archivo documental, bibliográfico y audiovisual que guarde para futuras generaciones este patrimonio y su relación con el pueblo murciano.