Artículo 15. Observatorio Canario de la Actividad Física y el Deporte.
Artículo 15 de la Ley 1/2019, de 30 de enero, de la Actividad Física y el Deporte de Canarias. · BOE-A-2019-2713
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-08.
Texto consolidado
El Observatorio Canario del Deporte tendrá como fines fundamentales emitir informes y estadísticas sobre la práctica deportiva, actividad física, encuestas, estudios y recomendaciones, en colaboración con las administraciones públicas locales, las universidades canarias, las federaciones deportivas, la Escuela Canaria del Deporte, los colegios profesionales y grupos de investigación colaboradores.