Artículo 15. Divulgación de derechos.
Artículo 15 de la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Atención al Menor. · BOE-A-1998-14944
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-05-13.
Texto consolidado
1. Las Administraciones públicas de Andalucía promoverán y desarrollarán acciones encaminadas al fomento y divulgación de los derechos de los menores. También reconocerán públicamente la labor de aquellos medios de comunicación, entidades o personas que más se hayan distinguido en la acción divulgativa de los derechos de los menores, así como en su respeto y protección.
2. En conmemoración de la aprobación por la Asamblea General de Naciones Unidas de la Convención sobre Derechos del Niño en 1989, se declara el día 20 de noviembre de cada año como Día de la Infancia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.