Artículo 15. Métodos alternativos de resolución.
Artículo 15 del Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco. · BOE-A-2020-9740
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-07.
Texto consolidado
1. Podrán arbitrarse métodos alternativos de resolución de conflictos, tales como la mediación, cuando estos puedan proporcionar una satisfacción de forma más eficaz y siempre que las partes estén de acuerdo con ellos.
2. Tales métodos alternativos informales no procederán en casos de quejas relativas a conductas que puedan ser merecedoras de reproche penal o disciplinario.