Artículo 15.
Artículo 15 del Acuerdo de 9 de julio de 2003, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2003 de Estadística Judicial. · BOE-A-2003-14531
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-07-22.
Texto consolidado
Podrán crearse Servicios Comunes de Estadística, dependientes orgánica y funcionalmente de los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia.