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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 149. Devengo.

Artículo 149 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-5183

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-30.

Texto consolidado

La tasa se devenga cuando la Administración de la Comunidad de Madrid inicie alguna de las actuaciones que se señalan en las tarifas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-10-30.

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