El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Vigente

Artículo 148. Tarifas.

Artículo 148 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-5183

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-30.

Texto consolidado

La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:

Tarifa 24.01 Por inspección previa a la acreditación o renovación:

2401.1 En una sola área: 297,29 euros.

2401.2 Cuando en un solo acto administrativo se realice simultáneamente la acreditación de otras áreas. Por cada una, a partir de la segunda: 148,60 euros.

Tarifa 24.02 Por acreditación o renovación:

2402.1 Por la acreditación o renovación para una sola área: 509,70 euros.

2402.2 Cuando en un solo acto administrativo se otorgue acreditación o renovación para otras áreas. A partir de la segunda: 270,01 euros.

Tarifa 24.03 Por inspección de seguimiento:

2403.1 Por inspección de seguimiento de una sola área: 297,29 euros.

2403.2 Cuando en un solo acto administrativo se realice simultáneamente la inspección de otras áreas. Por cada una a partir de la segunda: 148,60 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-10-30.

Más artículos de Decreto Legislativo 1/2002

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 1/2002 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.