El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Legislativo Vigente

Artículo 141. Entrega, recepción y otras operaciones de manipulación de mercancías.

Artículo 141 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. · BOE-A-2011-16467

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-10-21.

Texto consolidado

Las operaciones de entrega y recepción de la mercancía, depósito, remoción y traslado de cualquier tipo, así como cualesquiera otras que no estén incluidas en el servicio de manipulación de mercancías, tal como se define en el artículo 130.1, tendrán la consideración de servicios comerciales, y para su ejercicio será preciso contar con la oportuna autorización de la Autoridad Portuaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-10-21.

Más artículos de Real Decreto Legislativo 2/2011

En El Vínculo puedes leer Real Decreto Legislativo 2/2011 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.