Artículo 140. Órganos competentes.
Artículo 140 de la Ley 12/2018, de 23 de noviembre, de Transportes y Movilidad Sostenible. · BOE-A-2019-465
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-24.
Texto consolidado
1. La imposición de sanciones por infracciones leves corresponderá al titular de la Dirección General competente en materia de transportes.
2. La imposición de sanciones por infracciones graves o muy graves corresponderá al titular de la Consejería competente en materia de transportes.
3. En los supuestos de que se trate de una competencia municipal, la iniciación y tramitación del procedimiento sancionador, así como la imposición de sanciones corresponderá a los órganos municipales competentes conforme a la legislación sobre régimen local.