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Real Decreto Derogada

Artículo 14. Carácter de la inscripción.

Artículo 14 del Real Decreto 847/2015, de 28 de septiembre, por el que se regula el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual y el procedimiento de comunicación previa de inicio de actividad. · BOE-A-2015-10394

Atención: Real Decreto 847/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La inscripción en el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual tendrá carácter declarativo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-11-29.

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