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Real Decreto Vigente

Artículo 14. Plan de acción anual y plurianual. Informe de actividad.

Artículo 14 del Real Decreto 666/2022, de 1 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A. · BOE-A-2022-12930

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-03.

Texto consolidado

1. La persona titular de la Dirección del Centro Universitario elaborará y elevará, para su aprobación al Consejo Rector, el plan de acción anual y plurianual, el informe general de actividad.

2. En el plan de acción anual se recogerán, entre otros aspectos, los siguientes:

a) Las actividades formativas o de investigación.

b) Los acuerdos de colaboración.

c) Las actividades de gestión, seguimiento y control.

d) Los indicadores de gestión.

3. La información referida al plan de acción anual, así como al informe general de actividad, se hará público en la página web del Centro Universitario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-08-03.

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