Artículo 14. Ministerio de Sanidad y Política Social.
Artículo 14 del Real Decreto 495/2010, de 30 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2010-7184
Atención: Real Decreto 495/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El Ministerio de Sanidad y Política Social se estructura en los siguientes órganos directivos:
a) La Subsecretaría de Sanidad y Política Social, de la que depende la Secretaría General Técnica.
b) La Secretaría General de Sanidad, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior.
2.º La Dirección General de Ordenación Profesional, Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección.
3.º La Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios.
4.º La Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud, con nivel orgánico de Dirección General.
c) La Secretaría General de Política Social y Consumo, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Política Social, de las Familias y de la Infancia.
2.º La Dirección General de Coordinación de Políticas Sectoriales sobre la Discapacidad.
3.º La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, con nivel orgánico de Dirección General.
4.º La Dirección General de Consumo.
2. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:
a) La Dirección General de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios.
b) La Dirección General de Terapias Avanzadas y Transplantes.