Artículo 13. Ministerio de Cultura.
Artículo 13 del Real Decreto 495/2010, de 30 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2010-7184
Atención: Real Decreto 495/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Ministerio de Cultura ejerce las atribuciones que legalmente le corresponden a través de la Subsecretaría de Cultura, órgano directivo del que dependen los siguientes órganos con rango de Dirección General:
a) La Secretaría General Técnica.
b) La Dirección General de Política e Industrias Culturales.
c) La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales.
d) La Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas.