Artículo 14.
Artículo 14 del Real Decreto 294/1995, de 24 de febrero, por el que se regula la Real Farmacopea Española, el formulario nacional y los órganos consultivos del Ministerio de Sanidad y Consumo en esta materia. · BOE-A-1995-8877
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-24.
Texto consolidado
(Derogado)
Se modifican los apartados 2 y 3 por el artículo único.4 del Real Decreto 249/2001, de 9 de marzo. Ref. BOE-A-2001-4713
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 1275/2011, de 16 de septiembre, por el que se crea la Agencia estatal "Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios" y se aprueba su Estatuto..