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Real Decreto Derogada

Artículo 14.

Artículo 14 del Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial. · BOE-A-1986-18105

Atención: Real Decreto 1406/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los recursos del CDTI estarán integrados por:

1. Los productos y rentas de su patrimonio, que está compuesto por los bienes y derechos del transformado Organismo autónomo CDTI, así como los que a partir de esta fecha puedan ser incorporados.

2. La aportación del Estado para gastos de inversión y funcionamiento, que se asigne al CDTI en los Presupuestos Generales del Estado.

3. Los generados por la prestación de sus servicios.

4. Los créditos y préstamos que puedan concederse al CDTI.

5. Cualquier otra aportación que pueda serle atribuida.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-07-28.

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