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Real Decreto Derogada

Artículo 13.

Artículo 13 del Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial. · BOE-A-1986-18105

Atención: Real Decreto 1406/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Director general, que formará parte del personal del CDTI, será nombrado, a propuesta del Presidente y oído el Consejo de Administración, por el Ministro de Industria y Energía y ejercerá las facultades que el Consejo le determine y le delegue.

2. El Director general será sustituido en caso de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento legítimo por la persona que entre los miembros de la alta dirección del CDTI designe el Presidente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-07-28.

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