Artículo 14. Alcance.
Artículo 14 del Real Decreto 1278/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Ingenieros de Minas y de su Consejo Superior. · BOE-A-2003-19628
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-25.
Texto consolidado
El Consejo Superior, que a todos los efectos tiene la condición de corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, agrupa institucionalmente, en los ámbitos estatal e internacional, a todos los Colegios Oficiales de Ingenieros de Minas.