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Orden Derogada

Artículo 14. Del Vicesecretario General.

Artículo 14 de la Orden SAS/145/2010, de 21 de enero, por la que se publican los estatutos provisionales del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas. · BOE-A-2010-1559

Atención: Orden SAS/145/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Vicesecretario General suplirá provisionalmente al Secretario del Consejo General en los casos de ausencia, enfermedad o vacante.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-02-02.

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