Artículo 14. Integración de la perspectiva de género.
Artículo 14 de la Ley 9/2023, de 3 de abril, de Agricultura Familiar y de Acceso a la Tierra en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2023-11946
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-07.
Texto consolidado
1. Se fomentará en las mujeres el acceso y el mantenimiento de la titularidad o de la cotitularidad de explotaciones familiares agrarias y, especialmente para el caso de mujeres que sufren violencia de género, teniendo, en este último caso, prioridad en su tramitación y preferencia en el régimen de concurrencia.
2. Asimismo, a las mujeres que realicen, o pretendan realizar, una actividad relacionada con explotaciones familiares agrarias les será de aplicación lo previsto con respecto a las personas jóvenes en el artículo siguiente, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 11 y 13 de la Ley 6/2019, de 25 de noviembre.