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Ley Vigente

Artículo 14. Categorías estatutarias.

Artículo 14 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2011-1142

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-28.

Texto consolidado

1. La creación, modificación y supresión de categorías estatutarias se realizará previa negociación en la Mesa Sectorial de Personal de Instituciones Sanitarias de Cantabria, mediante orden de la Consejería competente en materia de sanidad. Igualmente se determinarán reglamentariamente los efectos de la supresión y creación de nuevas categorías profesionales, incluidos los criterios de integración, respecto al personal afectado.

2. La creación de categorías se realizará siguiendo el criterio de posibilitar la incorporación ágil del personal adecuado, competencial o técnicamente, que demande la evolución prestacional del Servicio Cántabro de Salud en cada momento, como garantía de la respuesta asistencial a los pacientes. Igualmente, se tendrán en cuenta las previsiones que, en su caso, se hayan determinado en el plan de ordenación de recursos humanos, previa negociación en la Mesa Sectorial de Personal de Instituciones Sanitarias.

3. De acuerdo con lo previsto en el artículo 85.1 de la Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica, entre las categorías estatutarias podrán contemplarse, cuando así convenga al desarrollo del Sistema Sanitario Público, las de personal investigador vinculado a plazas o proyectos de tal carácter que podrá, en su caso, ejercer funciones asistenciales. El régimen jurídico de las categorías estatutarias de personal investigador que, en su caso, pudieran crearse será el previsto para el personal estatutario.

4. Se comunicarán al Ministerio competente en materia de sanidad las categorías estatutarias existentes en el Servicio Cántabro de Salud, así como su modificación o supresión y la creación de nuevas categorías, a fin de proceder, en su caso, a su homologación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-01-28.

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