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Ley Vigente

Artículo 14. Sesiones del Pleno.

Artículo 14 de la Ley 8/2012, de 17 de mayo, del Consejo Económico y Social Vasco/Euskadiko Ekonomia eta Gizarte Arazoetarako Batzordea. · BOE-A-2012-7443

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-05-25.

Texto consolidado

1. El Pleno se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez al trimestre.

2. El Pleno se reunirá en sesión extraordinaria a iniciativa de la Presidencia o cuando lo solicite, al menos, la tercera parte de sus miembros con derecho a voto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-05-25.

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